JUBILACIÓN DE VIUDEDAD

señor tomando un té solo

Puede obtener una pensión de viudedad bajo ciertas condiciones:

Conyugue

 

Debe haber estado casado con el fallecido (o haber desaparecido hace más de 1 año).

Su conyugue o ex conyugue debe de haber cotizado al régimen general.

Edad

 

Debe de tener al menos 55 años.

La edad se reduce a 51 si su conyugue o ex conyugue falleció antes del 2099( o desapareció antes de 2008).

Recursos

 

Se tienen en cuenta todos sus recursos, personales o de su nuevo hogar (en caso de nuevo matrimonio o vida conyugal…etc.), con algunas excepciones.  No deben exceder los máximos prescritos.

Atención:

Tenga en cuenta que una vez otorgada su pensión de viudedad puede ser revisada si sus recursos cambian, especialmente al otorgarle sus pensiones.

Importante:

Si se solicita su pensión de viudedad dentro de los 12 meses posteriores al fallecimiento puede establecer este punto de inicio para el primer día del mes siguiente al deceso siempre que cumpla con las condiciones requeridas.

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